Una resolución firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, faculta a cualquier funcionario, ya sea subsecretario o superior, dentro de la jefatura de Gabinete a emitir un acto denegatorio de la información.
«Delégase en los Titulares de unidades organizacionales de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con rango equivalente o superior a subsecretario, la facultad para emitir el acto denegatorio de información dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública», consigna el artículo 1 de la Resolución 323/2021, que se publicó este martes en el Boletín Oficial.
Esa medida representa un obstáculo para la ciudadanía que quiera hacer uso de su derecho de acceso a la información pública.
«La Ley N° 27.275 y su modificatorio tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública», señala la resolución entre sus argumentos
«La mencionada Ley N° 27.275 y su modificatorio establece que el sujeto requerido, solo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto fundado, y que dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida», aclaran.
FUENTE: El Sol
