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Matías Morla y cinco países están en la mira de la Justicia por la sucesión

La causa por la sucesión de Diego Maradona continúa avanzando y Matías Morla deberá aportar información sobre su trabajo con el fallecido deportista.

A fines de 2020, los cinco hijos reconocidos por Diego Maradona dejaron en manos de Sebastián Baglietto, la “administración provisoria” de su herencia. El juez que subroga la causa de la sucesión habilitó la feria judicial y convocó a Matías Morla para que aporte datos sobre los bienes cuentas, procesos judiciales pendientes, contratos y deudas del ex 10. El juez Alfredo Aníbal Villata también solicitó que tanto Cuba como Venezuela, Bielorrusia, Estados Unidos y México envíen información.

El país donde Maradona pasó su recuperación deberá aportar datos para que la Justicia argentina determine el nivel de porcentaje de participación que tiene en un hotel. Al mismo tiempo, se pretende conocer datos inmobiliarios sobre la propiedad que Fidel Castro le había cedido en el 2000 al astro deportivo.

Venezuela por su parte deberá indicar cuál es el monto de la deuda que mantiene con el exjugador por su participación como relator del mundial de fútbol. México deberá enviar un informe completo de las cuentas bancarias mientras que Bielorrusia, uno de los últimos países donde trabajó como presidente del club “Dínamo Brest” también tendrá que aportar información de los bienes que Diego poseía.

En cuanto a Morla, quien está representado por Mauricio D’Alessandro, se le envió un pedido de al menos siete puntos para que informe sobre:

“1°) La totalidad de procesos judiciales y/o extrajudiciales o de mediación o arbitraje que tanto como actor y/o demandado del causante se encuentren tramitando en el fuero nacional e internacional”.

2°) Las cuentas bancarias existentes en el país y en el exterior, denunciando banco, sucursal y número de cuentas.

3°) La participación del causante en sociedades nacionales e internacionales, cuentas de inversión, títulos y acciones.

4°) Los bienes propiedad del causante: inmuebles, automóviles o muebles registrables situados en el país y en el exterior.

5°) El detalle de los contratos vigentes o en curso de ejecución suscriptos por y a nombre del causante.

6°) Las deudas de carácter impositivo que se encuentren sujetas a convenio, moratoria, etc, o bien en vía judicial.

7°) La documentación que acredite la existencia de donaciones o anticipos de herencia realizados por el causante”.

 

Fuente: radiomitre.cienradio.com

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