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Amenazó de muerte a su ex pareja y sus hijos. La justicia le otorgó la libertad con anuencia de la Querella y la presencia de la denunciante

La reciente resolución judicial que dispuso el cese de la prisión preventiva de C. A. Vázquez generó repercusiones públicas luego de que la mujer denunciante expresara ante medios de comunicación su temor por su vida y la de sus hijos. Sin embargo, el contenido del acto procesal en el que se adoptó la medida muestra matices que contrastan con esas declaraciones posteriores.

Según consta en el acta oficial del expediente, el pasado 15 de enero de 2026 se realizó una audiencia remota ante el juez Rodolfo Miguel Fernández para tratar el pedido de cese de prisión preventiva formulado por la defensa. En dicho acto estuvieron presentes todas las partes, incluida la denunciante, quien participó acompañada por su abogada querellante.

Durante la audiencia, la defensa solicitó la libertad del imputado al considerar cumplidos los plazos de la investigación penal preparatoria y extinguidos los riesgos procesales. Frente a este planteo, ni el Ministerio Público de la Acusación ni la querella formularon oposición al cese de la prisión preventiva, circunstancia que quedó expresamente registrada en la resolución judicial.

La fiscal interviniente manifestó no oponerse al pedido, proponiendo la aplicación de medidas protectorias. En el mismo sentido, la abogada querellante —con la denunciante presente— tampoco se opuso a la liberación, solicitando únicamente que las medidas de protección se extendieran a los hijos menores de edad, cuestión que luego fue resuelta por el magistrado.

Finalmente, el juez hizo lugar al cese de la prisión preventiva y dispuso la libertad del imputado bajo estrictas reglas de conducta, entre ellas la prohibición de acercamiento, la prohibición de ejercer cualquier tipo de violencia, controles periódicos ante el organismo correspondiente, la realización de un curso de nuevas masculinidades y la implementación de un sistema de monitoreo dual. El magistrado advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estas medidas implicará la revocación inmediata del beneficio.

Declaraciones posteriores y contraste público

Días después de la audiencia, la denunciante brindó declaraciones a medios periodísticos en las que manifestó sentirse desprotegida y expresó temor por su vida y la de sus hijos, cuestionando duramente la decisión judicial y señalando que el acusado “solo estuvo detenido 20 días”.

Estas expresiones públicas contrastan con lo ocurrido en el ámbito judicial, donde la resolución fue adoptada sin oposición de la querella ni de la fiscalía, y con la denunciante presente durante todo el acto procesal, en el que se discutieron y fijaron las condiciones de la liberación.

El caso vuelve a poner en el centro del debate la distancia que en ocasiones se genera entre las decisiones adoptadas dentro del proceso judicial y las percepciones o declaraciones posteriores de las víctimas en el espacio público, especialmente en causas sensibles vinculadas a conflictos familiares y violencia.

La causa continúa en trámite y las medidas dispuestas por el Juzgado permanecen vigentes, bajo apercibimiento de revocación en caso de incumplimiento.

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