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Diputados aprobará la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Este miércoles, la Cámara de Diputados de la Nación tratará el proyecto de creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM), que busca reparar un problema que atraviesan muchas familias en toda la Argentina, que surge cuando se disuelven los matrimonios o las uniones civiles y el padre o madre que debe pagar la cuota alimentaria no cumple en hacerlo.

“El planteo que consensuamos en el dictamen que será aprobado mañana es simple: ¿No pagaste?, estás en la base de datos ¿Pagaste cumpliendo con esa obligación que le debes a tus hijos? ¿Ellos viven bien? ¡No estás en la base de datos!”, explicó la diputada Carolina Moisés, que integra la Comisión de Legislación General que se reunió en plenario y firmó el dictamen de mayoría en apoyo a la iniciativa.

La sesión especial se desarrollará desde las 12 en la Cámara baja, con un amplio temario enfocado en temas sociales.

Moisés dijo estar “muy orgullosa de que podamos avanzar con esta Ley, en la que se aclara que la persona obligada al pago de las cuotas puede ser mujer o varón” aunque subrayó que en la mayoría de los casos “son las mamás las que cuidan de los hijos y sufren más esta problemática”.

“Todos tenemos derecho a gozar de la mejor calidad de vida que podamos pero fundamentalmente los chicos y si queremos tener derecho a tener hijos e hijas tenemos que asumir la responsabilidad económica de ese derecho que queremos tener”, completó.

El proyecto establece que quedan alcanzados para integrar el ReNDAM “las personas que estén obligadas al pago de cuotas alimentarias provisorias o definitivas, y que tengan una mora por falta de pago de tres a cinco cuotas, ya sea consecutivas o alternadas.

Además, se toma en cuenta que hayan sido intimados judicialmente quedando demostrado que no cumplieron con esa obligación.

En su aspecto innovador, el proyecto determina una lista de impedimentos que enfrentarán quienes incumplan el pago de la cuota alimentaria, estableciendo que no podrán:

➡ Abrir cuentas bancarias, pedir o renovar tarjetas de crédito o débito, ni operar en entidades financieras ni bursátiles.

➡ Inscribir sus propiedades en el Registro de la Propiedad Inmueble.

➡ Anotar sus automóviles en el Registro de la Propiedad Automotor.

➡ Solicitar o renovar el pasaporte.

➡ Participar en concesiones, permisos o licitaciones.

➡ Gestionar o renovar la Licencia de Conducir.

➡ Pedir la habilitación para la apertura de un comercio o industria.

➡ Ser proveedor/a o contratista del Estado.

➡ Hacer trámites migratorios.

➡ Inscribirse en la matrícula de colegios profesionales.

➡ Ser designado en relación de dependencia o locación de servicios en todos los niveles y jerarquías, como transitorio o permanente, en el sector público nacional.

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