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Ocho años de prisión por abusar de una joven con discapacidad

El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a un hombre, A.F.V., a la pena de 8 años y 6 meses de prisión, por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, en perjuicio de una joven con retraso mental moderado y visión subnormal en ambos ojos.

Además, autorizó la obtención de los perfiles genéticos del condenado a los efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

El veredicto fue emitido por el juez Luciano Yapura – presidente de trámite-, y las juezas Felicia Barrios y Alejandra Tolaba. En tanto, la secretaría estuvo a cargo de Fátima Chañi.

El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el Fiscal y los abogados defensores del acusado.

Según la requisitoria fiscal de elevación a juicio de la causa, en el periodo de tiempo transcurrido entre el 20 de enero de 2019 al 20 de febrero del mismo año, en horas de la noche, en una de las habitaciones de una casa ubicada en la localidad de Calilegua, la víctima, una joven de 20 años de edad que padece discapacidad, se encontraba durmiendo.
En esas circunstancias, el imputado ingreso al cuarto y se recostó al lado de la víctima, para quitarle sus prendas de vestir y abusarla sexualmente.

Dicha agresión sexual produjo el embarazo de la joven, y posteriormente, el 29 de junio de 2019, se le practico la interrupción legal del embarazo en el hospital Paterson de San Pedro de Jujuy.

En los alegatos del juicio, el fiscal Marcelo Cuellar, solicitó la pena de 8 años y 6 meses de prisión para el acusado.

La defensa técnica del imputado fue ejercida por la Defensora Oficial, representante del Ministerio Público de la Defensa Penal, María Florencia Quintar.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

 

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