En el día de ayer el Ministerio de Salud de la Nación creó una categoría especial para productos con cannabis para ordenar el registro y autorización de comercialización nacional de estos productos. La resolución Nº 781/2022 del Ministerio de Salud de la Nación replica desde el punto de vista legal la huella trazada por el Gobierno de Jujuy.
De esta manera, nuestra provincia no sólo es pionera en la producción pública de los primeros productos derivados de cannabis de industria nacional; también se adelantó con claridad en la definición del marco regulatorio que tiene que aplicarse a la hora de la autorización de venta de estos productos.
Al igual que ocurre en nuestra provincia, ahora también a nivel nacional todos los productos derivados de cannabis aprobados deberán ser indicados por un médico prescriptor que hará el control correspondiente, sobre la base de la seguridad de la calidad del producto indicado.
La novedad que incorpora esta nueva regulación nacional está en su artículo 8º, que establece que la comercialización de aceites y otros productos de cannabis aprobados sólo requerirá receta simple y ya no receta archivada. Además, su uso puede ser indicado no sólo para tratar epilepsia refractaria, sino como coadyuvante para cualquier otra enfermedad.
A partir de esta nueva resolución nacional, para poder adquirir el CANNAVA CBD 10 que venden las farmacias, las personas sólo tendrán que presentar la receta simple firmada por el médico, con indicación de la marca y principio activo (que en este caso es cannabidiol 100 mg x ml).