Luego de la determinación de la jueza federal Silvina Domínguez, en favor de la comunidad Millalonco Ranquehue, los vecinos expresaron su “temor porque abre la puerta a más reclamos”.
La semana pasada, la Justicia federal de Bariloche hizo lugar a una acción de amparo y ordenó al Poder Ejecutivo a que en 60 días, desde el momento en que quede firme la sentencia, se le entreguen títulos de tierra gratuitamente a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue, a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).
El predio a entregar está ubicado en la zona de la ruta provincial 82, entre Virgen de las Nieves y Villa Los Coihues, y ya fue reconocido como de los Ranquehue por el Estado Nacional mediante una resolución del INAI de 2012. El fallo, que ordena también al Estado a pagar los honorarios del proceso, fue firmado por la jueza Silvina Domínguez. En consecuencia, la preocupación de los vecinos de la zona se acrecienta porque, consideran, le da lugar a que otra comunidades más radicalizadas exijan una resolución similar para sus reclamos.
“Hay mucho temor con esta medida porque abre puertas a más reclamos, hay varios puntos álgidos con los mapuches en la región. Hay muchas zonas de conflicto y violencia con los mapuches”, expresó en ese sentido Elena Henríquez, periodista de la zona, en diálogo con Canal 26.
“No hay certificación de cuanto tiempo llevan las comunidades allí y las tierras que obliga a entregar tienen un gran valor”, agregó. Y concluyó: “Hay gente que compró propiedades y ahora tiene miedo que se las saquen”.
Por su parte, Cecilia Rodríguez Beveraggi, docente jubilada de Bariloche, sostuvo en la misma señal de noticias: “Uno está indignado por la situación general que se vive, que es de mucho peligro para la comunidad, pero no solamente por este fallo, sino por todo lo que hay alrededor por parte del Gobierno, que apoya a grupos que son radicalizados. Entonces en este momento dar ese fallo no sé si era lo más conveniente”.
“Esta familia Millalonco Ranquehue no es especialmente la que hace eso (los hechos de violencia). Ellos reclamaron sus tierras y tendrán que demostrar que estaban en ese lugar antes de que llegara el Estado argentino a través del Ejército. Lo que pasa es que otros grupos sí son radicalizados, hacen todos esos desmanes y aprovechan para mezclar los temas”, explicó.
“Si la Justicia actuara como tiene que actuar no tiene por qué ocurrir esto. Acá hay muchísimas tomas y muchísimas son ridículas, porque aducen tener una bisabuela o tatarabuela, y además aclaremos que el pueblo mapuche no es originario. El pueblo mapuche como tal no existe, sería el pueblo araucano, y es del país vecino, es de Chile”, consideró la vecina de Bariloche.
Y con respecto al fallo de la jueza Domínguez, cerró: “Yo no podría decir si lo hizo por ideología, por presión… Eso lo sabe ella. Lo que le pedimos a la Justicia es que actúe como tiene que actuar, de acuerdo a la ley, pero que no entregue tierras que son de todos”.
El fallo que obliga a entregar las tierras
“Considero que resulta razonable que tal como lo preveía el proyecto de ley del año 2002, el INAI atienda el otorgamiento de los títulos de propiedad comunitaria a través de la Escribanía General de Gobierno de la Nación”, sostuvo el fallo. Debe ser “el Estado Nacional – Poder Ejecutivo Nacional – Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) el obligado al cumplimiento de la sentencia”.
La causa comenzó a fines del 2020. En la demanda, se sostuvo que “la pertenencia de la Comunidad Millalonco Ranquehue al pueblo mapuche se encuentra sobradamente comprobada en múltiples informes e instrumentos obrantes en la carpeta técnica ley 26.160, y que la mensura del territorio de ocupación tradicional de la Comunidad fue presentada por el agrimensor Braeckman al INAI en el mes de abril de 2011, pero que sin embargo a la fecha, la mensura no ha sido registrada por el Estado, ni se le ha otorgado a la Comunidad un título de propiedad comunitaria”.
Fue por eso que solicitaron “la inmediata transferencia directa a la Comunidad conforme el mecanismo descripto en el art. 8 de la ley 23.302, que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a disponer la transferencia de las tierras fiscales de propiedad de la Nación al INAI para su adjudicación y entrega de los títulos respectivos a las comunidades indígenas que las habitan”.
Fuente: Infobae.com